Cómo se reparten los bienes en un divorcio en España

Para repartir los bienes en un divorcio en España hay que tener en cuenta el régimen económico matrimonial que los cónyuges hayan elegido, que puede ser el de gananciales o el de separación de bienes.

Repartir el patrimonio en un divorcio es uno de los puntos más conflictivos del divorcio, influyendo también si el proceso se hace mediante un divorcio de mutuo acuerdo o por la vía contenciosa.

Como abogados de familia siempre insistimos en la importancia de intentar tramitar el divorcio de manera amistosa, lo que ahorra costes y tiempo.

En este artículo te explicamos cómo se reparten los bienes en un divorcio según vuestro régimen matrimonial y el tipo de proceso legal.

como se reparten los bienes en un divorcio en España

Si te has casado en régimen de gananciales todo el patrimonio que ambos cónyuges hayáis ido adquiriendo durante vuestro matrimonio es común de los dos.

Es indiferente que esos bienes se hayan adquirido por uno o por ambos: aunque lo hayas comprado sólo tú es un bien ganancial de los dos al 50% si lo has hecho durante la vigencia del matrimonio.

Los bienes comunes pueden ser:

  • Inmuebles, como por ejemplo la vivienda habitual. El reparto de la propiedad no siempre coincide con el uso de la vivienda tras el divorcio, por lo que conviene diferenciar ambas cuestiones.
  • Muebles (como pueden ser joyas, obras de arte, mobiliario, vehículos).

 

La liquidación de gananciales consiste en repartir el patrimonio que los dos habéis ido acumulando a lo largo de vuestro matrimonio desde el día que se celebró.

Ahora bien, te aclaramos algunos puntos sobre el reparto:

  • Si has recibido, por ejemplo, una herencia o una donación, ese patrimonio es tuyo y no entra en el reparto cuando se hace la liquidación de la sociedad de gananciales.
  • Si te pagan una indemnización porque te han despedido estando vigente el matrimonio, en caso de divorcio ese dinero es ganancial y debe repartirse entre ambos.
  • El dinero que cada uno hayáis ganado durante el matrimonio con vuestros trabajos también es ganancial y de la misma forma debe repartirse al 50% al hacer la liquidación.
  • Si has puesto en marcha un negocio durante el matrimonio y ha generado beneficios, éstos también son de la sociedad ganancial.
  • Si antes de casarte tenías un vehículo o un bien de tu propiedad, todo ello sigue siendo privativo tuyo y no entra dentro de la sociedad ganancial.

 

El proceso legal para liquidar la sociedad de gananciales y hacer el reparto de bienes en el divorcio puede hacerse de dos maneras:

  • De mutuo acuerdo (lo más recomendable).
  • Por la vía contenciosa si no hay acuerdo.

Liquidación de la sociedad de gananciales con acuerdo entre las partes

Es lo más recomendable siempre que tengáis una buena relación y haya acuerdo entre vosotros para hacer el reparto de vuestro patrimonio común.

Esta vía os permite agilizar el proceso legal y ahorrar costes si compartís el mismo abogado de familia. En estos casos el reparto de bienes suele recogerse en el Convenio Regulador, junto con el resto de acuerdos alcanzados por los cónyuges.

¿Cómo se hace la liquidación?

Primero hay que calcular la totalidad de vuestros bienes gananciales, tanto bienes muebles como inmuebles.

Después se hace el reparto teniendo en cuenta que ambos tenéis que recibir un 50% del patrimonio, es decir, se os adjudica a cada uno exactamente la mitad del patrimonio ganancial.

Esto tiene una explicación fiscal, dado que si uno de vosotros recibe más bienes en la adjudicación se considera que ha tenido un beneficio económico, y en ese caso tendría que tributar por ello.

Liquidación de la sociedad de gananciales sin acuerdo: vía judicial o contenciosa

Imagina que no tenéis una buena relación y resulta imposible alcanzar un acuerdo para el reparto de bienes.

En este caso no queda más remedio que hacerlo acudiendo a los Tribunales, donde va a ser el Juez quién determinará cómo hacer el reparto del patrimonio común de la sociedad ganancial.

Esta opción es más larga y compleja y tiene un coste mayor, tanto económico como emocional.

El procedimiento tiene dos pasos: el inventario para ver qué bienes son gananciales y cuáles no y la liquidación para repartirlos entre ambos cónyuges.

La fase de inventario se desarrolla de la siguiente manera:

  • Se prepara un desglose de los bienes, los derechos y las obligaciones que integran el patrimonio común que hay que repartir entre ambos cónyuges.
  • Una vez el Juez admite a trámite la demanda de divorcio, se puede presentar la demanda de formación de inventario con una propuesta y los documentos en que se apoya.
  • Se celebra una comparecencia en el Juzgado con el Letrado de la Administración de Justicia cuyo objetivo es definir qué bienes son o no gananciales, y en qué estáis de acuerdo o no sobre la propuesta de la otra parte.
  • Si llegáis a un entendimiento, el acuerdo sobre el reparto el proceso termina con un acta que recoge los términos acordados.
  • Si no conseguís entenderos, el proceso continúa con la intervención del Juez por los trámites de un juicio verbal.
  • Cada uno podéis aportar las pruebas que consideréis oportunas y finalmente el Juez dictará sentencia que finaliza la fase de inventario.
  • En la sentencia se especifica la relación de bienes que son gananciales y los que no tienen esa consideración, y quién los administra hasta la liquidación.

 

La fase de liquidación para asignar los bienes se desarrolla en los siguientes pasos:

  • Cualquiera de vosotros podéis pedir la liquidación aportando la sentencia que ha finalizado el inventario y la sentencia firme por la que el Juez acuerda disolver vuestro régimen matrimonial.
  • Se intenta el acuerdo entre vosotros en una comparecencia en el Juzgado de ambos con el letrado de la Administración de Justicia.
  • Si no hay acuerdo se nombra a un contador partidor para hacer el llamado cuaderno particional y establecer el reparto de los bienes.
  • También interviene uno o varios peritos que valoran económicamente esos bienes para que se repartan por partes iguales entre ambos.
  • El cuaderno particional incluye la relación de todos los bienes gananciales, su valor y cómo se adjudican a cada cónyuge.
  • El Juez da traslado a los cónyuges y si ambos estáis conformes con el reparto se aprueba.
  • Si no hay acuerdo se celebra otra comparecencia para que cada uno exponga los motivos para oponerse al reparto.
  • En caso de mantenerse la discrepancia hay que seguir los trámites por la vía del juicio verbal y el Juez dicta sentencia especificando las operaciones particionales que correspondan.   
  • La sentencia del Juez determina la atribución de la propiedad de los bienes gananciales a cada uno de los cónyuges, y se puede ejecutar para cumplirse.

 

El proceso legal puede durar más o menos según la complejidad de cada caso y si hay más o menos patrimonio que inventariar y liquidar.

¿Cómo se reparten los bienes en un divorcio con régimen de separación de bienes?

Si te has casado en separación de bienes, tu patrimonio y el de tu ex cónyuge están perfectamente separados y diferenciados durante vuestro matrimonio.

Lo tuyo es tuyo, y lo de tu ex es suyo.

Cada uno de vosotros administráis vuestro patrimonio, derechos y bienes durante la vigencia del matrimonio, salvo que en las capitulaciones matrimoniales se haya dispuesto otra cosa.

Esto es lo que debes recordar sobre el reparto de bienes en este régimen:

  • Pese a la separación de patrimonios puede haber algunos bienes comunes, como son los que hayáis adquirido durante la vigencia de vuestro matrimonio, o los que no se pueda determinar su titularidad.

 

Por ejemplo, si estando casados compráis entre ambos una casa y cada uno aportáis una cantidad para adquirirla, ese inmueble es de ambos y habrá que liquidarlo en proporción a las aportaciones de cada uno.

  • Los ingresos que cada uno hayáis conseguido estando casados son privativos (por ejemplo, los de la actividad profesional de cada uno). 
  • Si hay deudas, cada uno de vosotros responde de las que haya contraído individualmente, salvo que hayáis acordado otra cosa.

 

Al no haber un patrimonio común, salvo adquisición conjunta de bienes, el reparto en el divorcio es más sencillo que si hubiera que liquidar los bienes comunes como en el régimen de gananciales.

A modo de resumen, recuerda estas ideas básicas:

  • En el reparto de los bienes en caso de divorcio influye tanto el régimen matrimonial como si el divorcio de tramita de mutuo acuerdo o por vía contenciosa. Cuando además existen hijos menores, el reparto del patrimonio es solo una parte del proceso, ya que también habrá que regular otras cuestiones propias del divorcio con hijos,, como la custodia compartida, el régimen de visitas o la pensión de alimentos.las visitas o la pensión de alimentos.
  • Siempre que sea posible es preferible hacer el reparto de manera amistosa, para evitar demoras en el proceso de divorcio y un coste económico mayor, además de la carga emocional que supone.
  • Es imprescindible tener un buen asesoramiento legal por muy bien que os llevéis, ya que la discusión sobre dinero, deudas o patrimonio en el divorcio es muy habitual y puede enquistar el proceso legal.

 

 

Si durante el divorcio también tenéis que decidir sobre la vivienda familiar, la custodia de los hijos o la pensión de alimentos, es recomendable abordar todas estas cuestiones de forma conjunta para evitar futuros conflictos.

 

Como abogados de familia en Madrid sabemos que la parte económica de un divorcio siempre es complicada, por eso queremos ayudarte haciendo fácil lo difícil y buscando siempre que sea posible el entendimiento entre vosotros.

Puedes contarnos tu caso en una primera consulta sin compromiso.

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