En España puedes impugnar un testamento siempre que se den determinadas condiciones y en casos muy concretos.
Las causas están previstas en la Ley y pueden tener que ver con la voluntad de la persona que hace el testamento o con la forma del mismo.
El proceso legal para impugnar un testamento no es nada sencillo y requiere siempre la intervención de abogados expertos en Sucesiones y Testamentos.
Recuerda que estos temas son especialmente delicados y suponen un coste tanto económico como emocional, por lo que debes tener un buen asesoramiento.
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ToggleQué significa que se puede impugnar un testamento
Imagina que una persona hace testamento para dejar por escrito sus últimas voluntades.
En ese testamento va a expresar sus deseos y cómo quiere que se repartan sus bienes cuando haya fallecido.
Pero a veces la cosa no es tan sencilla y uno o varios de los herederos no están conformes con el testamento de esa persona.
Cuando esto ocurre pueden acudir a un procedimiento judicial que es la impugnación del testamento, incluso si éste se ha realizado ante un Notario.
El derecho a impugnar un testamento sólo puede basarse en alguna de los motivos legales para hacerlo que se recogen en el Código Civil.
¿Hay alguna diferencia entre impugnar y revocar un testamento?
SÍ, no es lo mismo impugnar o revocar.
Las diferencias básicas son:
➡️ Impugnar significa que pides la nulidad parcial o total del testamento porque no estás de acuerdo con lo que dispone, y lo hacen los herederos.
➡️ Revocar significa que un testamento sustituye a otro, y lo hace la persona que lo otorga (el testador), que decide en un momento cambiar el que tenía hecho por otro nuevo.
¿Quién puede impugnar un testamento?
Puede impugnar un testamento cualquier persona que pueda resultar perjudicada por su contenido y tenga interés legítimo en la herencia de la persona fallecida.
Estas personas son:
- Los herederos forzosos (hijos o descendientes, padres o ascendientes y cónyuge viudo).
- Los legatarios (personas a quienes el testador les ha asignado determinados bienes en el testamento).
- Cualquier persona que crea que se están vulnerando sus legítimos derechos.
¿El testador puede prohibir que se impugne su testamento?
La persona que hace el testamento no puede prohibir que alguien lo pueda impugnar a su fallecimiento, y así lo indica el artículo 675 del Código Civil.
No obstante, lo que sí puede hacer es establecer unas limitaciones relacionadas con la impugnación.
Por ejemplo, podría estipular que si un heredero impugna su testamento sólo recibirá como herencia la legítima estricta que le corresponde por Ley.
¿Por qué motivos se puede impugnar un testamento?
Aunque el proceso legal para impugnar un testamento es largo y complejo, es posible hacerlo siempre que exista alguna de las causas que establece el Código Civil:
- No incluir a un heredero forzoso o la desheredación injusta.
- Falta de capacidad de la persona que hace el testamento (testador).
- Defectos de forma en la redacción del testamento.
- Vicios de la voluntad (ha habido violencia, intimidación o dolo).
Cualquiera de estos motivos puede dar lugar a impugnar un testamento, y te los vamos a explicar de forma sencilla.
No incluir a un heredero forzoso o la desheredación injusta
La Ley obliga a incluir en el testamento a los herederos forzosos, que no pueden quedar fuera del mismo (salvo por motivos muy concretos recogidos en la Ley).
Si el testador deja fuera del testamento a uno o varios de los herederos forzosos, estos pueden impugnarlo por incumplir el reparto legal. Del mismo modo, si se ha dejado fuera a un hijo sin cumplir los requisitos legales, conviene revisar las claves sobre la legítima y la desheredación, ya que la desheredación injusta o sin causa justificada es uno de los motivos más habituales para solicitar la nulidad del testamento.
Lo mismo ocurre si el testador ha desheredado sin alguna de las causas justificadas previstas en la Ley a uno o varios de ellos, es otro motivo de impugnación.
También pueden surgir conflictos cuando el fallecido realizó donaciones en vida a favor de uno de sus hijos y estas pueden afectar a la legítima del resto de herederos.
Falta de capacidad de la persona que hace el testamento (testador)
El Código Civil dice que la persona que quiera otorgar testamento tiene que estar en pleno uso de sus capacidades mentales.
Esto significa que si ha hecho testamento con sus facultades alteradas o manipuladas por algún motivo que pudiera modificarlas podría impugnarse.
Por ejemplo, imagina que el testador deja en el testamento a un heredero universal para todos sus bienes.
Podría ser porque no se le indicó cómo debía hacer testamento o porque se le engañó o manipuló de alguna forma.
Otro ejemplo es el caso del testador que tiene una enfermedad como la demencia senil o el alzhéimer, un motivo bastante habitual para impugnar su testamento alegando que tenía sus facultades mentales alteradas en el momento de otorgarlo.
Esto hay que demostrarlo en la impugnación con informes médicos y periciales y no es nada sencillo.
De la misma forma los menores de 14 años no pueden hacer testamento por considerarse que legalmente no tienen capacidad para hacerlo.
Defectos de forma en la redacción del testamento
Cualquier testamento debe hacerse cumpliendo una serie de requisitos legales, que si no existen dan lugar a su impugnación por errores de forma.
Algunos defectos de forma habituales en testamentos son:
- No validar un testamento ológrafo ante Notario.
- No lleva la firma del testador.
- Ausencia de datos sobre lugar y/o fecha en el documento.
- Falta de testigos cuando son necesarios según el tipo de testamento.
- Incumplimiento de los requisitos notariales indicados en la Ley para la validez del testamento.
Vicios de la voluntad: violencia, intimidación y dolo
Hay vicios de la voluntad cuando el testador no puede manifestar libremente sus deseos por la influencia de ciertos factores que impiden que sea válida y con efectos jurídicos.
Los vicios de la voluntad pueden invalidar distintos actos jurídicos, desde un contrato hasta un testamento, entre otros ejemplos.
Cualquier vicio de la voluntad suele ser complicado de detectar por un notario cuando el testador va a firmar el testamento.
Sin embargo, la familia más cercana puede probarlo con más facilidad.
Los casos más habituales de vicios de la voluntad son:
➯ Error: cuando el testador ignora algo importante sobre el testamento, o cree algo que es erróneo.
➯ Dolo o manipulación: si el testador otorga testamento sin expresar libremente su voluntad o lo cambia porque ha sido engañado o manipulado por alguien (por ejemplo, es habitual si son personas mayores).
➯ Violencia: obligar al testador a otorgar testamento utilizando la fuerza física.
➯ Intimidación o coacciones: utilizar las amenazas o presionar para obligar al testador a hacer algo, como favorecer a un heredero sobre los demás o no hacer un reparto justo.
Cualquiera de estos motivos demostraría que la persona no ha hecho testamento de forma libre, y es motivo de impugnación que puede conllevar la nulidad del documento afectado por los vicios de la voluntad.
¿Qué plazo legal tienes para impugnar un testamento?
Si existe alguna de las causas de impugnación que hemos visto tienen un plazo general para impugnarlo de 5 años que se cuentan:
- Desde el momento en que fallece el testador.
- Desde que el heredero recibe la copia del testamento que va a impugnar.
Ahora bien, el plazo será de 4 años si el motivo de la impugnación es una desheredación injusta.
En este caso el plazo empieza a contarse desde que comienza el proceso sucesorio y el heredero conoce el contenido del testamento.
Cómo se puede impugnar un testamento paso a paso
El primer paso a dar si quieres impugnar un testamento es asesorarte con un abogado especialista en herencias, que, además, es preceptivo por Ley.
También vas a necesitar a un procurador.
El abogado tiene que estudiar a fondo los motivos que vas a alegar para impugnar y si pueden demostrarse, dado que estos procedimientos son complicados.
Si la causa existe y está probada el siguiente paso es comenzar el procedimiento judicial, que tiene varias fases:
➡️ La demanda se presenta en el Juzgado de Primera Instancia de la localidad donde se encuentre el domicilio de la persona fallecida.
➡️ Junto con la demanda se presentan todos los documentos, informes y justificantes que demuestran los motivos de la impugnación.
➡️ Una vez admite el Juzgado la demanda a trámite, el resto de coherederos disponen de un plazo de 20 días hábiles para contestar.
➡️ Se señala y celebra una Audiencia Previa entre las partes, para intentar llegar a un acuerdo.
➡️ Si no es posible se señala la fecha de juicio, donde se valoran las pruebas y se celebran las declaraciones de los testigos y peritos propuestos por las partes y admitidos por el Juez.
➡️ El Juez dicta sentencia, en la que determina:
- Que el testamento es válido.
- Que es inválido parcialmente.
- Que es inválido en su totalidad.
En este último caso de nulidad total todas las cláusulas del testamento impugnado quedarían invalidadas y se abriría un proceso de sucesión abintestato o intestada.
Esto ocurre cuando no hay testamento o cuando se declara nulo, como sería en este caso, y es la Ley quien establece en estos supuestos quiénes son los herederos y el modo de repartirse los bienes de la herencia.
Cuando el testamento es válido, es frecuente que los herederos no estén de acuerdo en el reparto de la herencia, lo que puede dar lugar a nuevos conflictos durante la partición y adjudicación de los bienes.
Quédate con estas ideas claves:
✔ Se puede impugnar un testamento, pero sólo por las causas y motivos concretos establecidos en el Código Civil.
✔ Es un proceso legal largo, costoso y complicado en la mayoría de los casos, y requiere por Ley la intervención de abogado y procurador.
✔ La duración y el coste del procedimiento depende de cada caso concreto.
Sabemos que estos temas son delicados y con una fuerte carga emocional, por eso nuestro objetivo es ayudarte haciendo fácil lo difícil del proceso de impugnación.
Si necesitas resolver tus dudas puedes contactar con nuestros abogados de herencias en Madrid y recibir sin compromiso toda la información que necesitas para impugnar un testamento.