Si una sociedad acumula pérdidas, tiene problemas de liquidez y no puede atender regularmente sus obligaciones es importante actuar cuanto antes y analizar su situación con un abogado especialista en Derecho Concursal.
No todas las empresas insolventes tienen exactamente la misma solución.
Dependiendo de su situación pueden valorarse alternativas de reestructuración, negociación con acreedores, o el concurso de acreedores.
Lo que sí tienen en común estas situaciones es que esperar demasiado puede empeorar el problema.
Cuando una empresa empieza a perder dinero es normal intentar aguantar para tratar de salvar la situación.
Se reducen gastos, se prescinde de parte de la plantilla, se negocia con proveedores, se intenta conseguir financiación y se confía en que la situación mejore.
El problema aparece cuando esas medidas ya no son suficientes.
Las pérdidas continúan, la tesorería se resiente, las deudas aumentan y llega un momento en el que mantener abierta la actividad significa seguir acumulando obligaciones que la sociedad ya no puede atender.
En ese momento hay que valorar posibles alternativas para resolver la situación, incluyendo la posibilidad de cerrar una empresa con deudas.
Solicitar un concurso de acreedores no significa necesariamente que una empresa haya fracasado.
En muchos casos puede ser el paso necesario para ordenar jurídicamente una situación de insolvencia y evitar que las pérdidas continúen creciendo.
El caso de éxito que contamos en este artículo es un buen ejemplo.
Se trataba de una sociedad dedicada al sector de la hostelería y alimentación que después de varios años de dificultades económicas terminó cerrando su actividad y solicitando el procedimiento concursal que le tramitamos en el despacho.
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Toggle¿Qué significa que una sociedad esté en situación de insolvencia?
Hablar de insolvencia no significa simplemente que una empresa haya tenido pérdidas.
Una sociedad puede tener un mal ejercicio y continuar siendo perfectamente viable.
La clave está en valorar si puede cumplir regularmente y a tiempo sus obligaciones económicas.
Algunas señales que pueden hacer saltar las alarmas son:
- La empresa deja de poder pagar regularmente a sus proveedores.
- Se acumulan deudas con Hacienda, Seguridad Social, bancos u otros acreedores.
- Las líneas de financiación se cierran.
- Los ingresos ya no permiten cubrir los gastos ordinarios.
- Se empiezan a utilizar nuevos créditos para pagar deudas anteriores.
- Las pérdidas se mantienen durante varios ejercicios.
- La actividad se ha reducido hasta el punto de que mantener la empresa abierta genera todavía más pérdidas.
Por eso, si tu empresa empieza a tener problemas para pagar sus facturas, nóminas, préstamos, impuestos u otros compromisos hay que analizar su situación desde una perspectiva tanto jurídica como económica.
No es lo mismo detectar que tu empresa va a tener problemas para pagar que esperar a que los impagos ya se hayan producido de forma generalizada.
Ese margen puede ser determinante para estudiar una solución antes de que la situación sea todavía más complicada.
Por eso como abogados expertos en Derecho Mercantil sabemos por nuestra práctica diaria que no es recomendable esperar a que la caja esté completamente vacía para pedir asesoramiento.
De hecho, cuanto antes se analice la situación más posibilidades habrá de estudiar las alternativas disponibles, y si no hay otra opción, acudir cuanto antes al concurso de acreedores.
El caso real: una sociedad de hostelería que tuvo que poner fin a su actividad
Pedro (nombre ficticio para mantener su anonimato) vino a vernos al despacho para exponernos la situación que atravesaba su empresa.
Pedro era el socio único y administrador único de una sociedad constituida en marzo de 2016.
La sociedad contaba con un capital social de 6.000 euros y desarrollaba principalmente actividades relacionadas con la hostelería y la alimentación como la gestión y explotación de restaurantes, bares, pubs, y cafeterías.
También desempeñaba actividades de distribución y comercialización de alimentos y bebidas.
Durante sus primeros años de actividad la empresa trató de mantener su funcionamiento pese a las dificultades económicas que fueron apareciendo.
Pero la situación se fue deteriorando progresivamente.
La caída de la facturación fue una de las primeras señales
En 2021, la sociedad registró una cifra de negocios de 315.669,29 euros.
En 2022 descendió hasta 249.123,63 euros, aproximadamente un 21 % menos.
La caída de ingresos coincidió además con un periodo especialmente complicado para el sector, la pandemia de la Covid-19.
Los costes de adaptación sanitaria durante la pandemia, el mantenimiento de gastos fijos y el aumento de determinados costes operativos fueron tensionando cada vez más la tesorería.
La empresa intentó adaptarse, pero el problema no terminó ahí.
Reducir la plantilla tampoco fue suficiente para recuperarse
Ante los resultados negativos, la sociedad tuvo que reducir progresivamente su plantilla.
Así, pasó de una media de 16,50 trabajadores en 2021 a 11,50 en 2022 y apenas 3,57 en 2023.
La finalidad era clara: reducir costes fijos y contener las pérdidas.
Sin embargo, estas reducciones también limitaron la capacidad operativa del negocio y su nivel de servicio.
Era una señal de que la empresa estaba intentando sobrevivir con una estructura cada vez más pequeña.
Más costes y menos ingresos
A la caída de la facturación de la empresa se sumaron otros problemas.
La sociedad había iniciado en septiembre de 2021 los trámites para conseguir una terraza municipal, pero la autorización no llegó hasta febrero de 2023.
Durante esos aproximadamente 17 meses se produjeron gastos relacionados con estudios técnicos y tasas sin que la terraza generara ingresos adicionales.
Además, el canon definitivo fue aproximadamente un 35 % superior al inicialmente previsto.
Mientras tanto, el precio de materias primas como el café, las bebidas y determinados productos de alimentación aumentó entre un 20 % y un 25 % desde 2021.
Los suministros energéticos también se encarecieron, generando más de 10.000 euros anuales adicionales.
Y, posteriormente, las obras de reurbanización de una calle cercana, entre junio de 2023 y enero de 2024, redujeron aproximadamente un 30 % el tráfico peatonal.
Para un negocio de hostelería, ese descenso tenía una consecuencia muy directa: menos clientes y menos ventas en barra y terraza.
El endeudamiento terminó agravando una situación que ya era crítica
A cierre de 2023, el pasivo financiero de la sociedad ascendía a 209.728,07 euros.
Pedro intentó buscar alternativas para salvar la empresa, pero las entidades financieras denegaron nuevas líneas de crédito después de los impagos producidos en julio de 2023.
Tampoco fue posible alcanzar acuerdos de pago con algunos proveedores esenciales.
Llegados a este punto, mantener abierta la actividad ya no suponía simplemente intentar salvar el negocio, significaba continuar generando nuevos costes y acumulando más pérdidas.
Finalmente, la sociedad tuvo que cerrar su actividad el 24 de junio de 2025 y afrontar la necesidad de solicitar el procedimiento concursal.
En ese momento la empresa tenía una deuda de 149.483,64 euros, debiendo dinero a varios bancos, a la Seguridad Social e incluso a la Agencia Tributaria.
Aquí es donde comenzó la intervención de nuestro equipo de abogados y economistas expertos en Derecho Concursal.
¿Cómo actuó FAVE LEGAL ante la insolvencia de la sociedad?
Cuando una empresa llega a una situación como esta no basta con presentar unos documentos ante el juzgado.
Antes es necesario analizar qué ha ocurrido, cuál es la situación económica real de la sociedad y qué procedimiento legal resulta adecuado para resolver el problema.
En este caso, nuestro trabajo jurídico permitió ordenar la situación de la empresa y tramitar el procedimiento concursal hasta obtener un Auto de conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa.
Esta figura está expresamente contemplada en el Texto Refundido de la Ley Concursal.
En términos sencillos, la insuficiencia de masa activa significa que los bienes y derechos disponibles de la sociedad no resultan previsiblemente suficientes para atender los créditos contra la masa, siempre que concurran los demás requisitos legales.
Así lo recoge el artículo 473 del Texto Refundido de la Ley Concursal, indicando que la administración concursal tiene obligación de pedir al Juez la conclusión del concurso tras pagar los créditos devengados siguiendo el orden legal.
Es importante no confundir esta situación con decir simplemente que “la empresa no tiene dinero”.
La conclusión por insuficiencia de masa activa requiere:
- Que se cumplan los presupuestos previstos legalmente.
- Analizar, entre otras cuestiones, si existen posibles acciones de reintegración, responsabilidad de terceros o circunstancias que puedan afectar a la calificación del concurso.
Por eso es tan importante la preparación adecuada del procedimiento concursal y hacerlo siempre con asesoramiento especializado no sólo jurídico, sino también económico, como hicimos en el caso de nuestro cliente.
El Auto del Juez
Presentamos la solicitud de concurso de la sociedad de nuestro cliente en el Juzgado de lo Mercantil de Madrid con todos los documentos que justificaban dicha solicitud.
El Juez declara el concurso voluntario por Auto informando a los acreedores que el deudor había sido declarado en concurso, pero carecía de activos en cuantía suficiente para atender los previsibles créditos contra la masa que se iban a generar por la sola tramitación del concurso.
En el Auto se conde a los acreedores un plazo de 15 días para solicitar el nombramiento de un administrador concursal según indica el art. 37 ter del TRLC, para emitir informe razonado y documentado, sin que se recibiera solicitud alguna.
Al no haberse solicitado por nadie en el plazo establecido procedía la conclusión del concurso, que se acuerda por el Juez en Auto de 18 de febrero de 2026:
Te dejamos aquí el texto íntegro del Auto de conclusión de nuestro cliente.
¿Qué ocurre cuando se concluye el concurso por insuficiencia de masa activa?
La conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa no significa simplemente que el procedimiento “se cierre porque no hay dinero”.
Cuando el concursado es una persona jurídica como en este caso, la resolución que acuerda la conclusión por liquidación o por insuficiencia de masa activa produce efectos específicos sobre la sociedad.
El artículo 485 del Texto Refundido de la Ley Concursal establece que la resolución firme da lugar a la cancelación de la inscripción de la persona jurídica en los términos previstos legalmente tras el cierre registral correspondiente.
Es decir, el procedimiento permite poner orden jurídico a una sociedad que ya no puede continuar con su actividad y carece de patrimonio suficiente para satisfacer sus obligaciones en los términos previstos por la Ley.
Es muy importante tener en cuenta que cada supuesto debe analizarse individualmente en función de las características y situación de cada empresa.
Por eso es tan importante tramitar el procedimiento correctamente y que la situación del administrador y de la sociedad se estudie y valore por abogados y economistas expertos en Derecho Concursal, como hicimos en este caso.
Errores que una empresa insolvente debería evitar
Cuando una sociedad atraviesa dificultades económicas es fácil tomar decisiones pensando únicamente en ganar tiempo o en intentar salvar el negocio.
Sin embargo, cometer errores o tomar malas decisiones pueden terminar agravando la situación, acumulando más deudas y empeorando el escenario al que se enfrenta la empresa.
Si la sociedad no puede atender sus obligaciones y continúa funcionando sin un plan viable, el problema puede crecer rápidamente.
Estos son algunos errores habituales que debes evitar si tu empresa pasa por dificultades económicas:
- Esperar a que no quede absolutamente nada en la caja.
- Mezclar el patrimonio de la sociedad con el personal.
- Ignorar las obligaciones y posible responsabilidad como administrador, que debe actuar con diligencia cuando la sociedad atraviesa una situación de insolvencia.
- Pensar que “cerrar el local” equivale a cerrar jurídicamente la empresa, cuando en realidad esto no significa que desaparezcan automáticamente las obligaciones de la sociedad.
¿Por qué es importante contar con asesoramiento especializado?
El caso de Pedro muestra algo que puede resultar muy importante para cualquier empresa que pase por una situación de crisis económica.
La sociedad no llega a la insolvencia de un día para otro, suele ser una acumulación progresiva de circunstancias.
En este caso fue la suma de un descenso de ingresos + incremento de costes + dificultades de financiación + endeudamiento + reducción de plantilla + pérdida de liquidez.
Durante un tiempo nuestro cliente intentó mantener la actividad, pero llegó un momento en el que continuar ya no era una solución.
La falta de asesoramiento en estas situaciones tan habituales en el día a día de muchas empresas puede tener consecuencias posteriores, como son:
- Presentar la solicitud demasiado tarde.
- No aportar correctamente la documentación necesaria.
- No explicar adecuadamente las causas de la insolvencia.
- Confundir la situación de la sociedad con la responsabilidad personal del administrador.
- Continuar realizando operaciones cuando la empresa ya no puede atender regularmente sus obligaciones.
- No analizar si existen alternativas al concurso.
- Desconocer las particularidades del procedimiento legal aplicable a la sociedad.
La finalidad del asesoramiento no es únicamente “presentar el concurso” sin más, sino evitar que una mala gestión de la situación concursal genere problemas adicionales.
El cierre de la actividad de la sociedad de nuestro cliente marcó el final de una etapa empresarial, pero todavía quedaba algo importante por resolver: ordenar jurídicamente la situación de la sociedad.
Nuestra intervención permitió tramitar con todas las garantías el procedimiento concursal obteniendo el Auto de conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa con archivo de las actuaciones.
Más allá del resultado concreto del procedimiento este caso de éxito deja una enseñanza especialmente útil para cualquier empresa.
Cuando una sociedad ya no puede hacer frente a sus obligaciones económicas actuar pronto puede ser tan importante como la propia solución que finalmente se adopte.
No se trata de esperar a que la situación sea irreversible, se trata de analizarla cuando todavía hay margen para tomar decisiones con información y asesoramiento legal y económico especializado.
Sabemos que una sociedad puede aparecer en un expediente como cifras, balances, pasivo, activo, trabajadores o deudas.
Pero detrás siempre hay una o varias personas que probablemente han dedicado años de trabajo, ilusión, dinero y esfuerzo a levantar ese negocio.
Por eso cuando llega el momento de cerrar, no están simplemente cerrando una empresa, sino asumiendo que un proyecto al que han dedicado una parte importante de su vida ya no puede continuar.
Como abogados de Derecho Concursal y expertos en Derecho Mercantil y situaciones de insolvencia sabemos que cuando la situación económica ya no permite continuar no es bueno seguir acumulando pérdidas por miedo a dar el siguiente paso.
Lo importante es conocer las opciones y actuar rápido y con todas las garantías legales para conocer las alternativas y evitar errores que compliquen todavía más el proceso concursal.
Si tu sociedad está atravesando una situación parecida a la de este caso podemos ayudarte a analizar la situación, estudiar las alternativas y evitar errores para determinar cuál es el camino jurídico más adecuado para resolverla.
Puedes hacernos una consulta sin compromiso donde resolveremos tus dudas y te ayudaremos a valorar las opciones para resolver el problema de tu empresa.
Preguntas frecuentes sobre el concurso de acreedores de una sociedad
¿Una sociedad insolvente tiene que solicitar concurso?
Cuando concurre insolvencia actual, la Ley Concursal establece con carácter general el deber de solicitar la declaración de concurso dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que el deudor conoció o debió conocer esa situación.
Es recomendable asesorarse cuanto antes para valorar con ayuda legal la situación económica de la empresa y las posibles opciones, entre las que está el concurso de acreedores.
¿Qué significa que un concurso termine por insuficiencia de masa activa?
Significa que el deudor (sea persona o empresa) no tiene dinero ni bienes suficientes ni siquiera para pagar los gastos derivados del proceso judicial (como los honorarios del administrador concursal) ni los créditos generados tras la declaración del concurso.
¿La conclusión del concurso extingue automáticamente las responsabilidades del administrador?
No, la conclusión del concurso de acreedores no extingue automáticamente las responsabilidades en las que haya podido incurrir el administrador de la sociedad.
La situación de la sociedad y la posible responsabilidad del administrador deben analizarse de forma independiente.
¿Cerrar el negocio significa que ya no tengo que hacer nada más?
No. Cerrar físicamente un establecimiento y resolver jurídicamente la situación de una sociedad son cuestiones diferentes.
Si hay deudas y la empresa se encuentra en situación de insolvencia es fundamental analizar qué pasos seguir y decidir cual es la mejor solución para el negocio, incluyendo si no hay otra opción mejor el concurso de acreedores.
Normativa y fuentes jurídicas consultadas
- Texto Refundido de la Ley Concursal, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, especialmente sus artículos 5, 465, 473 y 485.
- Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del Texto Refundido de la Ley Concursal, que introdujo, entre otras modificaciones, la regulación del concurso sin masa y reformó el régimen de conclusión del concurso.